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SVP: Reglamento Interno

REGLAMENTO DE LAS NORMAS DE

DISCIPLINA Y CONVIVENCIA ESCOLAR

INTRODUCCION
ART. 1 Las disposiciones de este reglamento se basan en los aspectos más relevantes del concepto Convivencia Escolar que orientan y articulan las relaciones entre este Centro Educacional de la Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl , denominada Escuela San Vicente de Paúl y los actores educativos ( alumnos, docentes, personal del establecimiento, padres y apoderados ) que emprenden la formación y ejercicio de los valores de la convivencia en la cultura escolar.
Entendemos por Convivencia Escolar una construcción colectiva y dinámica, en donde todos los niños y niñas son sujetos de derecho, en donde el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en la relación con otros de acuerdo a los roles y funciones que desarrollan en la comunidad educativa y privilegiándose el respeto y protección de la vida privada y pública de las personas y su familia.
 
DISPOCISIONES GENERALES
ART. 2 El Centro Educativo de las Hijas de la Caridad es una institución Educadora y Evangelizadora que promueve el carisma de “San Vicente de Paúl y Santa Luisa de Marillac”, procurando lograr el desarrollo integral de la persona, preparándola para participar activamente en la transformación de la sociedad, haciéndola más justa y solidaria, acogiendo prioritariamente a los menos favorecidos , y cubriendo y sirviendo en ellos a Jesucristo.
La escuela San Vicente de Paúl es un Establecimiento Particular Subvencionado reconocido oficialmente por el Ministerio de educación (Decreto Cooperador 176 de 1984) , y de acuerdo al número 11 del artículo 19 de la Constitución Política del Estado , la Dirección del establecimiento tiene la más amplia libertad para determinar y organizar a su personal y su alumnado , celebrando y finiquitando los contratos que corresponden.
ART.3 Para que todos los niños y niñas que ingresen al establecimiento educacional Escuela San Vicente de Paúl de la Comuna de Copiapó permanezcan en él recibiendo un trato digno, de respeto a su persona y logren un sentido de pertenencia e identidad con el establecimiento se requiere el compromiso, colaboración, responsabilidad y participación de todas las personas que integran la familia educacional.
Para ello la misión del establecimiento que impregna la formación que ofrece el servicio educativo es: formar personas íntegras en el espíritu vicentino el cual enfatiza la opción por el más pobre, el sacrificio a favor de los demás, el desprendimiento material, la bondad, la caridad, la humildad, el amor al prójimo en la consecución de la realización personal y el logro de una sociedad solidaria, con el propósito de insertar al educando en una sociedad concebida como pluralista, global, democrática, responsable y en paz.
ART. 4 En coherencia con el Proyecto Educativo institucional y los Objetivos Fundamentales Transversales que promueve la Reforma Educacional, nos basamos en los siguientes concepto que son la base de los principios y valores que el establecimiento fortalece y fortalecerá para el desarrollo personal e integral de las alumnas y alumnos, siendo estos:
Amor: Para el cristiano significa caridad. Santo Tomás de Aquino distingue entre el amor natural y el amor intelectual. En el ámbito de la Escuela Católica, el amor se identifica con la virtud de la caridad, puesto que su ejercicio perfecciona a la persona humana. El amor favorece al crecimiento del ser de la Persona y su ejercicio produce alegría y felicidad.
Solidaridad: Significa la expresión de la caridad en el hermano. Implica preocuparse del otro y compartir con él las esperanzas, aflicciones y bienes materiales y espirituales.
Respeto: Actitud que consiste en no lastimar al otro verbal ni físicamente, por la violencia, ni moralmente, por el juicio. El respeto define, según Kant, la norma de toda relación entre los seres humanos, y lo hace de un modo más cierto que la simpatía. Sólo el respeto, continúa Kant, puede fundar la actitud de “ benevolencia” objetiva que nos permita comprender al otro sin juzgarlo. Además, el respeto es un deber moral, es la única actitud natural del ser humano frente a un valor, y en particular, frente a toda persona humana.
Responsabilidad: Ser responsable de un acto es reconocer que uno es el autor del mismo por la existencia de la libertad humana y que se aceptan, por lo mismo, sus consecuencias, es decir, el éxito y el fracaso. En el sentido más estricto se es responsable de un acto.
Justicia: Supone la existencia de normas morales y jurídicas, en el marco legal en el que se escriben los derechos y deberes de las personas, los cuales son inalienables debido a que emanan de la naturaleza misma del ser humano. Existen tres tipos de justicia: Conmutativa ( correcciones que es necesario hacer para igualar las ventajas o desventajas en las relaciones intercambiadas entre los seres humanos), distributiva ( es darle a cada uno lo que corresponda de acuerdo al aporte que ha hecho) y legal ( regula las relaciones de los miembros de la sociedad para con el todo social).

Libertad
: De la voluntad humana emerge su libertad; por ella, la persona es capaz de optar, de elegir, de tomar decisiones entre diversas alternativas, de adquirir compromisos, de ser responsables. La libertad es la base del actuar ético de la persona humana.
Honestidad: Es tener el valor para vivir los verdaderos valores y principios morales, buscando siempre ser honesto en las relaciones con los demás, evitando el engaño y la falsedad en el modo de actuar.
Acogida: Es una actitud de apertura afectiva que se manifiesta en la convivencia diaria y en el trato cordial con todas las personas que forman parte de la Comunidad Educativa ( agentes internos y externos), especialmente los más pobres.
 
DERECHOS DE LOS ALUMNOS
ART. 5 El establecimiento educacional “ Escuela San Vicente de Paúl reconoce y garantiza los siguientes derechos a los a las alumnas y alumnas :
5.1Ser tratados con respeto por todos los miembros de la Comunidad Educativa.
5.2Organizar directivas de curso y/o Centro de alumnos que puedan programar actividades de participación recreativa, cultural y social que vayan en ayuda de su desarrollo integral.
5.3Recibir una ayuda integral que respete su individualidad e intereses, que le permitan adquirir valores, conocimiento y habilidades para alcanzar una personalidad abierta a Dios y a los hermanos.
5.4Tener un ambiente agradable y motivador dentro de la escuela de acuerdo a la realidad y posibilidades de ésta.
5.5Recibir beneficios con que cuenta la escuela, según necesidades de los alumnos.
5.6Conocer en forma clara el mecanismo, instrumentos y resultados de las evaluaciones.
5.7Rendir pruebas atrasadas en el día y hora establecido por el profesor de asignatura, cuando la ausencia sea debidamente justificada (certificado, documentos, etc. )
5.8Ser escuchados en todo momento.
 
DEBERES DE LOS ALUMNOS
ART.6 Junto con reconocer los derechos fundamentales de las alumnas y alumnos, existen deberes que éstos deben cumplir en su vida estudiantil. Los deberes indican una forma de comportamiento positiva de las alumnas y alumnos, por lo que su incumplimiento determinará la aplicación de sanciones que más adelante se explicarán.
Son deberes de las alumnas y alumnos de este establecimiento:
6.1Colaborar y favorecer con su actitud la creación de un ambiente comunitario, manteniendo un trato amable y respetuoso con sus compañeros, profesores y personal de la escuela.
6.2Cuidar los bienes del establecimiento y los de sus compañeros, en caso de destrozos o deterioros, su familia deberá responsabilizarse a la brevedad del daño causado.
6.3Ningún alumno se ausentará del establecimiento en sus horas sistemáticas de clases, sin ser retirados por sus Padres o Apoderados debidamente justificados.
6.4Vestir en forma sencilla y ordenada su uniforme diario y el de educación física. Las alumnas y alumnos deben en todo momento tener una presentación acorde con los principios y valores de nuestro proyecto educativo privilegiando la sencillez, moderación y la no ostentación, por lo tanto se exige el corte de pelo tradicional para los alumnos y pelo tomado para las alumnas, el largo del jumper debe ser, a lo menos, de 2 centímetros sobre la rodilla, los alumnos no beben usar la camisa fuera del pantalón y alumnas y alumnos deben usar la corbata en forma correcta.
6.5Asistir regular y puntualmente a clases, rendir pruebas en fechas estipuladas.
6.6No permanecer en la sala de clases durante el recreo.
6.7Mantener un buen comportamiento en la sala de clases, en los recreos y en el ingreso y salida del establecimiento.
6.8No traer a la escuela joyas, objetos de valor y algún elemento que presente peligro para la integridad de las personas.
6.9Participar activamente en las clases de religión y en las actividades pastorales y litúrgicas que organice o programe la escuela.
6.10Participar responsablemente en las actividades extraescolares en que se han comprometido.
6.11Realizar todos los esfuerzos posibles para obtener calificaciones de aprobación en todas las asignaturas, cumpliendo con sus tareas y obligaciones escolares.
6.12Vestir su equipo de Educación Física solo cuando corresponda, terminada la actividad debe lavarse y vestir su uniforme diario o buzo deportivo de la escuela.
6.13Los alumnos no podrán ingresar a inspectoría, secretaría, dirección, sala de profesores y otras oficinas o dependencias sin la autorización expresa de quien corresponda.
6.14Todos los alumnos deberán presentarse aseados y limpios, tanto en su persona como en su ropa y uniforme.
6.15Cuidar y respetar los objetos y lugares destinados a la oración y al culto.
6.16Respetar la verdad y hacer uso del diálogo como el recurso principal
para enfrentar problemas de la convivencia diaria tanto con sus
compañeros como con otros alumnos y demás personas del centro
educacional.
6.17Deben mantener limpio su entorno escolar.
6.18Mostrar un nivel de desempeño satisfactorio en la asignatura de Religión dentro de sus capacidades.
 
ALUMNAS EN ESTADO DE EMBARAZO Y MADRES LACTANTES
ART. 7 “ El embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos educacionales. Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso (Ley Constitucional Nº 19.688 de 30/08/2000).
ART. 8 Los procedimientos, en cuanto a aspectos disciplinarios y de convivencia, sobre las alumnas en estado de embarazo que se establecen para ellas, son:
Facilitar en todo momento la integración de la alumna, manifestando un espíritu de acogida por parte de todos los estamentos, especialmente de sus pares, previo trabajo de parte de sus profesores, dando las facilidades en cuanto a permisos a controles médicos y flexibilizando fechas de pruebas.
ART. 9 Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia, sobre las alumnas madres lactantes que se establecen para ellas:
Dar las facilidades para que cumpla con este proceso en los momentos que sea necesario, explicando a sus compañeros que es un proceso natural y necesario que implica dedicación y tiempo.
 
DERECHOS DE LA FAMILIA
ART. 10 Para nuestro establecimiento la familia tiene vital importancia en la formación del alumno, por estos motivos nos parece prudente involucrarla activamente delimitando sus derechos y los deberes y estableciendo los procedimientos que permitan colaborar en el proceso educativo de su hijo o hija, estos deberes son:
ART. 11 Las familias tienen derecho a que sus hijos reciban un buen servicio educacional por parte de docentes idóneos.
ART. 12 Cada familia tiene derecho a ser atendida por la Dirección del Centro o por el docente a cargo de su hija o hijo, especialmente cuando quiere solicitar información sobre el rendimiento escolar y el comportamiento, en los horarios de atención asignados.
ART. 13 Cualquier medida disciplinaria que se adopta en relación a un alumno debe ser comunicada a sus Padres y Apoderados.
ART. 14 Las familias tienen derecho a conocer en su totalidad el reglamento interno de la Escuela y cualquier modificación que el Establecimiento adopte respecto al mismo.
ART. 15 Las familias tienen derecho a requerir atención de los profesionales especializados con que cuente la escuela (asistente social, orientador , evaluador y otros ).
 
DEBERES DE LA FAMILIA
ART. 16 La familia tiene el deber de cumplir con los siguientes aspectos que
facilitan el quehacer educativo de su pupilo:
16.1Conocer, aceptar y participar en la implementación del Proyecto Educativo del Establecimiento.
16.2Conocer y respetar las disposiciones de este reglamento.
16.3Asistir a reuniones de Padres y Apoderados participando en forma constructiva.
16.4Asistir a las jornadas de formación humana – cristiana y otras
programadas por el establecimiento.
16.5 Acudir a la escuela cuando sea citado dirigiéndose en
primera instancia a inspectoría.
16.6 Colaborar en las actividades de subcentros (cursos)y Centro
General de Padres.
16.7 Velar por que sus pupilos cumplan con los deberes estudiantiles:
asistencia, puntualidad, presentación , conducta y rendimiento.
16.8 Proveer a sus pupilos de los materiales y/o útiles necesarios para
su desempeño escolar.
16.9 Plantear en forma directa, oportuna y respetuosa las sugerencias y
reclamos que considere a profesores, inspectores o Directora,
según corresponda.
16.10 Responsabilizarse de cualquier daño o perjuicio causado por su
pupilo individual o colectivamente acordando con la dirección la forma de enmienda o restitución.
16.11 Cancelar, en las fechas que corresponda, las cuotas pactadas con el
Centro General de Padres que van en beneficio directo de los
alumnos.
16.12 Facilitar la participación de sus pupilos en las instancias de
formación extracurricular ofrecidas por la escuela, como son:
grupos de formación cristiana, academias, talleres, grupos
recreativos y culturales, etc., respaldando y responsabilizándose de
su participación.
16.13 Respetar medidas adoptadas respecto al manejo expedito de
los alumnos en horarios de mayor afluencia (entrada y salida de
clases), manteniéndose distante de las puertas de acceso.
16.14Evitar emitir juicios y comentarios que dañen la sana convivencia de
la comunidad educativa.
16.15No presentarse en estado de ebriedad ni fumar en el establecimiento.
16.16Justificar personalmente, a más tardar al día siguiente, la
inasistencia de su pupilo inasistencia a reunión, de curso y pastoral.
16.17Revisar y firmar las comunicaciones, citaciones y otros que sean
presentados por los alumnos en la libreta respectiva, la que debe
portar en todo momento el alumno.
CONSIDERACIONES ESPECIALES EN RELACION A LA FAMILIA
Consideramos fundamental el compromiso de la familia, esta será representada para los aspectos legales por el apoderado, es el apoderado quien tiene la responsabilidad de servir de nexo entre la familia y la escuela, por esta razón el no cumplimiento de las disposiciones dadas anteriormente tendrá las siguientes consecuencias:
El apoderado suplente se hará responsable de representar a la familia en caso de que el apoderado titular no cumpla su rol , previa discusión en consejo de profesores y ante los antecedentes que lo amériten.
Podrán retirar del establecimiento al pupilo los padres, el apoderado o en su caso quién este facultado ante la Dirección del establecimiento.
PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR SANCIONES POR INFRACCIONES A LAS NORMAS DEL PRESENTE REGLAMENTO
ART. 11 Las infracciones de los alumnos a las obligaciones y normas establecidas en el presente reglamento podrán ser sancionadas con las siguientes medidas disciplinarias :
a)Amonestación verbal o llamado de atención .
b)Corresponde a una conversación entre un personal de la escuela y la alumna o alumno que presente alguna falta, donde se aconseja y advierte acerca de las consecuencias que puedan traer sus actos y la conducta adecuada a seguir.
c)Amonestación escrita o anotación en el libro de clases.
d)La amonestación escrita deberá describir expresamente la conducta o actuación del alumno que constituye infracción a este reglamento.
e)Cuando se realicen 3 anotaciones escritas se procederá a citar al apoderado del amonestado. Una segunda citación al apoderado, por causa de 3 nuevas anotaciones será mérito suficiente para declarar la condicionalidad de la matrícula.
f)Citación al apoderado por comportamiento o rendimiento deficiente.
g)Corresponde a una una reunión que se realizará, cuando la situación lo requiera, entre el apoderado y el profesor jefe o persona encargada, dicha citación será por escrito.
h)Suspensión de clases, adoptando medidas remediales para guiar un proceso de cambio y adaptación al grupo.
i)Declaración de la condicionalidad de la matrícula.
j)Solicitud de retiro o cambio de establecimiento al finalizar el año escolar.
ART. 12 Las medidas disciplinarias establecidas en las letras: d, e, y f del articulo anterior solamente podrán ser aplicadas por la Directora del establecimiento, después de haber escuchado la opinión técnico pedagógica del consejo de profesores.
ART. 14 La suspensión de clases se aplicará cuando el alumno incurra en una falta, que a juicio de la Dirección, sea grave y amerite un proceso remedial que permita que el alumno asimile y modifique su conducta. En este periodo de suspensión el alumno y su apoderado participarán de jornadas de trabajo con el orientador de la escuela y/o profesional pertinente (sicólogo, neurólogo, asistente social, etc. ) y sugerir buscar ayuda a otras instancias, en forma más sistemática.
ART. 15 Las medidas de no renovación de la matrícula para el año escolar siguiente y de solicitud de retiro sólo podrán ser aplicadas, por causa grave o por infracciones reiteradas, a los alumnos que estén con su matrícula condicional. Esta calidad de “condicional” deberá contar por escrito en documento firmado por la Directora y por el profesor jefe respectivo.
ART. 16 La adopción de cualquiera de estas medidas deberá comunicarse por escrito al apoderado, y la comunicación deberá contener las razones que fundamentan las medidas adoptadas y el procedimiento seguido para ello.
ART. 17 Se considerarán faltas graves, dentro y fuera de la escuela lo siguiente:
17.1 Falta de respeto reiterada.
17.2 Agresión física y verbal al prójimo.
17.3Traer a la escuela elementos que represente riesgo físico.
17.4Desprecio manifiesto por nuestras celebraciones litúrgicas, y objetos
sagrados propios de nuestra religión (escuela católica).
17.5 Destrozo intencional de elementos y bienes de la comunidad  educativa.
 
ESTÍMULOS PARA LOS ALUMNOS DESTACADOS POR SU COMPORTAMIENTO
ART. 18 El establecimiento considera los siguientes estímulos a los alumnos que tienen una destacada participación en su formación personal y relación de sana convivencia con sus pares, dentro de estímulos se establecen:
a)Participar en el cuadro de honor de la escuela.
b)Recibir diploma de honor cada semestre.
c)Ser considerado en acto semanal.
d)Participar de un paseo de fin de año.
e)Participar de una convivencia como premio a fin de año.
ART. 19 A aquellos alumnos que se les haya aplicado una de las sanciones estipuladas en el ART. 11 letras e y f de este reglamento, podrá ser revocada en mérito a su cambio de conducta evaluada por el Consejo de profesores.
RENOVACION DE MATRICULA A ALUMNOS ANTIGUOS
ART. 20 Se matricularán todos los alumnos que hayan cumplido en forma satisfactoria con lo dispuesto en el presente reglamento.
ART. 21 Aquellos alumnos que hayan sido sancionados durante el año por infracción a este reglamento, se evaluará a través del Consejo de Profesores y Dirección la renovación de su matrícula .
ART. 22 La matrícula sólo podrá efectuarla el apoderado del alumno.
ART. 23 Al momento de la matrícula el apoderado acordará su aporte económico con el Centro General de Padres, del cual se hará responsable en los montos y las fechas pactadas
REQUISITOS DE INGRESO
ART. 24 Para que un niño sea matriculado en la Escuela San Vicente de Paúl debe proceder de una familia católica y contar con un apoderado titular y uno suplente.
ART. 25 Para que un niño sea matriculado en kinder y primer año se debe presentar la siguiente documentación.
- Certificado de nacimiento
- Certificado de bautismo
- 3 fotos tamaño carné
- Certificado de renta o liquidación de sueldo.
- Otros documentos de interés si los tiene (certificado médico o escolar)
ART. 26 Para matricular alumnos nuevos de 2° a 8° año se debe presentar la siguiente documentación .
-Certificados de estudios.
-Certificado de nacimiento con RUN.
-3 fotos tamaño carné.
-ficha escolar.
-informe de personalidad.
-certificado de bautismo.
-certificado de renta o liquidación de sueldo.
 
ESTRATEGIAS QUE EMPLEA EL ESTABLECIMIETO EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA AUTODISCIPLINA Y LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR
ART. 27 El establecimiento para lograr los fines educacionales, el cumplimiento de los deberes de los alumnos y asegurar sus derechos, cuenta con las siguientes estrategias y actividades de refuerzo:
Actividades de encuentro entre padres, profesores y alumnos tales como reuniones de curso, atención de apoderados, reuniones de pastoral, retiros donde se entrega información y formación acerca de la situación en que se encuentra la Convivencia, como también se entrega información y formación en relación a los valores que queremos cultivar y que nos llevan a crear un ambiente cálido de participación y de solución de problemas.
Trabajo individual con las alumnas y alumnos que presenten dificultades en cuanto a su convivencia como también de fortalecimiento de las actitudes que es necesario destacar y que promuevan un crecimiento personal del alumnado.
Realización de actividades (ACLES) que permitan a las alumnas y alumnas ocupar su tiempo libre fortaleciendo el desarrollo de sus capacidades en un ambiente de participación y de compañerismo.
 
ROLES QUE LES CORRESPONDE CUMPLIR A LOS DIVERSOS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR
ART. 28 El establecimiento para lograr desarrollar actitudes positivas de los alumnos, promover el cumplimiento de los deberes y el aseguramiento de los derechos de las alumnas y alumnos, de acuerdo al rol de cada integrante de la comunidad educativa se compromete a:
ART. 29 La Directora a facilitar el diálogo entre los estamentos, promoviendo instancias de convivencia y tomando medidas remediales para enfrentar los posibles problemas que en este proceso se puedan presentar, como también estimular a los alumnos y alumnas en el sentido de propender a la sana convivencia.
ART. 30 El equipo de gestión será un ente que promueva instancias de encuentro en todo el quehacer del trabajo en la escuela, permitiendo la integración de todos los estamentos en actividades curriculares y extracurriculares que tiendan a un fin común “ la sana convivencia”.
ART. 31 El profesor jefe tendrá como misión ser un ente que traspase a sus alumnas y alumnas, como también a los apoderados un espíritu de de tolerancia, de entendimiento, siendo capaz de resolver problemas que se le presenten utilizando estrategias de diálogo y manejo de grupo, que persigan la solución de problemas de convivencia, como también un estimulador constante de la actitudes positivas que ayuden a lograr este fin.
ART. 32 El Centro de Padres se compromete a facilitar la relación familia-escuela, siendo un ente creador de actividades que permitan compartir en un ambiente socializador, de participación activa y democrática que fortalezcan los valores en el cual se basa nuestro Proyecto Educativo Institucional.
ART. 33 Las alumnas y alumnos se comprometen a cumplir con las disposiciones de este reglamento, mostrando actitudes que favorezcan la sana convivencia en su actuar como educando y como persona en formación, respetando y llevando a cabo los valores que son parte del establecimiento y teniendo una respuesta favorable a las actividades que se le presenten para lograrlos.
ART. 35 Los apoderados se comprometen a ser los impulsores de un espíritu de convivencia basados en los valores que pretende entregar el establecimiento educativo que están presentes en el Proyecto Educativo Institucional y en este reglamento, buscando los mecanismos que le permitan a la alumna y alumno actuar como se espera y siendo un actor comprometido con la formación integral de su pupila o pupilo.
DERECHO DE APELACION
ART. 36 Todo alumno o alumna, (apoderado o padre que lo represente), que haya sido sancionado por alguna medida, que para su entender no la considere justa tiene derecho a presentar peticiones por escrito a la Directora del establecimiento, el que deberá proceder en términos respetuosos. La autoridad por su parte, debe pronunciarse acerca de la petición y del derecho de apelación del alumno afectado.
ART. 37 Para ejercer el derecho a apelación el alumno, alumna , apoderado o padre deberá presentar sus peticiones en un plazo no mayor a 2 días, desde el momento de haber sido notificado por el director de la sanción y el director un plazo de 2 días, para pronunciarse.
ART. 38 El presente reglamento de disciplina y convivencia escolar, debe ser conocido por todas las partes. El establecimiento, al momento de la matrícula entregará una síntesis de él a los padres y apoderados, y su difusión completa a todos los alumnos del establecimiento se realizará en la primera reunión del año.

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